24 abril 2012

Responsables de plantas empacadoras deben obtener autorización sanitaria

Para garantizar la inocuidad de los alimentos agropecuarios y piensos Responsables de plantas empacadoras deben obtener autorización sanitaria La Dirección Regional de Agricultura Piura, preocupada por la vigilancia sanitaria de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario y la promoción de la competitividad del productor, realizó un llamado a los responsables de las plantas empacadoras de estos productos, a fin de que obtengan la autorización sanitaria que otorga el Senasa (Servicio Nacional de Sanidad Agraria). La mencionada autorización garantiza la inocuidad del producto, con el propósito de proteger la vida y la salud de los consumidores y se encuentra normado en la segunda disposición complementaria transitoria del Decreto Supremo No. 004-2011-AG “Reglamento de inocuidad agroalimentaria”, publicado en abril de 2011. Aquí se señala que los procesadores y productores agropecuarios primarios tienen 18 meses desde la entrada en vigencia del reglamento para obtener la autorización sanitaria, de lo contrario se sujetarán a las sanciones establecidas a partir de octubre de este año y que van desde la inmovilización del producto hasta la sanción pecuniaria. Los procesadores primarios de alimentos agropecuarios (frutas, hortalizas, carnes, etc.) y piensos (alimento para el ganado) cuyo destino sea el consumo nacional, la exportación e importación, deben contar con autorización sanitaria, por lo que deben acercarse a la Dirección Ejecutiva del Senasa Piura (ubicada en el Proyecto Especial Chira Piura) para obtener este documento. Para ello se debe presentar una solicitud (según formato), copia del manual de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) -según lineamiento del Codex Alimentarius-, Planes Operativos Estandarizados de Sanitización (Poes), Plan interno de rastreabilidad -segun lineamiento establecidos por el Senasa-, flujo de operaciones proyectado en el plan de construcción del establecimiento, copia de certificaciones de calidad, sanidad o similares -que apoyen en las operaciones realizadas (de contar con ellas)- y boleta de depósito bancario según tasa establecida. Esta acreditación se constituye en un documento de gran importancia debido a que es la forma de garantizar la inocuidad del producto, en salvaguarda de la salud de quienes los consumen. El que no cuenta con la autorización tampoco puede exportar a determinados países, inclusive tampoco pueden vender a los supermercados pues la mayoría de estos lo exigen. Cabe señalar que los productores de alimentos agropecuarios primarios y piensos deberán implementar también los lineamientos sobre Buenas Prácticas de Producción (Buenas Prácticas Agrícolas, Buenas Prácticas Ganaderas, Buenas Prácticas Avícolas, Buenas Prácticas Apícolas, etc) y Buenas Prácticas de Higiene establecidos por el Senasa. En Exclusiva para Piura
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